Maternidad y Trabajo

This page was last updated on: 2023-06-14

Licencia por maternidad

Las trabajadoras tienen derecho a un máximo de 90 días de licencia de maternidad remunerada, incluyendo 45 días de licencia pre-natal y 45 días de licencia postnatal. En caso de que el nacimiento tenga lugar en una fecha posterior a la esperada, los días adicionales son considerados como licencia por enfermedad por enfermedad temporal.

En octubre del 2015, el Gobierno, a través de la Ley Nº 26644, decidió prorrogar el período de licencia por maternidad de 90 a 98 días: 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso postnatal. Los trabajadores pueden decidir tomar todo el permiso de maternidad en la etapa posterior al parto, o acordar estos días como les convenga. Del mismo modo, en el caso de partos múltiples o bebés con discapacidades, el descanso postnatal se extiende por un período adicional de 30 días naturales.

La licencia de maternidad se puede extender hasta 120 días en el caso de nacimientos múltiples. Los 49 días de licencia postnatal son obligatorios; sin embargo si una mujer así lo desea, su licencia prenatal puede ser diferida, ya sea totalmente o parcialmente, y añadiéndose a la licencia postnatal. La empleada debe presentar un certificado médico que indique que el aplazamiento de su licencia prenatal podría no afectar a la madre o al niño.

En caso de adopción, una licencia de treinta días naturales es proporcionada al empleado si el niño es menor de 12 años de edad. Si la pareja (trabajadores) que está solicitando la adopción de un niño está casada, la mujer tiene derecho a ejercer su derecho a licencia por maternidad.

Fuente: §1-3 de la Ley Nº 26644 de la extensión del Derecho de Licencia Prenatal y Postnatal para las trabajadoras embarazadas; §1 de la Ley Nº 27409 sobre la concesión de licencia parental en el trabajo por motivos de adopción; Ley número 30367 del 24 de Noviembre del 2015

Salario

La licencia de maternidad se le paga por completo a la trabajadora asegurada con al menos tres meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos de cotización durante seis meses antes del parto. El Seguro Social es responsable de pagarle el beneficio de la licencia de maternidad a la trabajadora durante la vigencia de la licencia de maternidad.

Ley N° 28239 de 2004, que modifica la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud prevé 30 días adicionales de subsidio de maternidad y el reconocimiento de una asignación adicional para cada niño, en casos de partos múltiples.

Fuente: §8-12 de la Ley (No. 26790) sobre Modernización de la Seguridad Social en Salud

Servicio médico gratuito

De acuerdo con la ley, la mujer embarazada y el bebé recién nacido tienen derecho a una atención médica completa durante el período prenatal, el parto y el período posterior al parto.

Fuente: §12 del Decreto Supremo Nº 009-97

Regulaciones sobre maternidad y trabajo

  • Reglamento De La Ley De Modernización De La Seguridad Social En Salud Decreto Supremo Nº 009-97-SA / Regulation of the Law on Social Security in Health
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